Seguro ambulatorio complementario: la forma más sencilla de protegerse de los elevados gastos médicos
¿Qué es el seguro ambulatorio complementario?
Por regla general, sólo los afiliados al seguro de enfermedad obligatorio necesitan un seguro ambulatorio complementario. Cubre las prestaciones adicionales y el reembolso de los gastos de tratamiento ambulatorio que van más allá de las prestaciones del seguro de enfermedad obligatorio. Por tratamiento ambulatorio se entiende siempre un tratamiento en el que el paciente no está hospitalizado, sino que puede regresar a su domicilio tras el tratamiento.
El seguro ambulatorio complementario cubre diversos servicios que el seguro de enfermedad ordinario sólo reembolsa parcialmente o no reembolsa en absoluto. Puede tratarse, por ejemplo, de
- Copago de medicamentos
- Ayudas visuales como gafas o lentillas
- Exámenes de detección que van más allá de los exámenes de detección reglamentarios
- Métodos curativos alternativos
- Fisioterapia, terapia ocupacional o logopedia que vayan más allá de las sesiones autorizadas por el seguro de enfermedad obligatorio.
- Tratamientos dentales que van más allá de la atención estándar, como limpieza dental profesional o materiales de empaste de mayor calidad.
El seguro ambulatorio complementario queda siempre a su discreción y sujeto a su renta disponible. Puede ser útil para mejorar la asistencia sanitaria personal y la protección financiera. Siempre se adapta a las necesidades y deseos individuales y se considera en combinación con el seguro de enfermedad obligatorio existente. Le invitamos a consultarnos sobre las opciones, prestaciones y condiciones exactas, que varían en función del proveedor y la tarifa. Estaremos encantados de ayudarle.
¿Cuándo empieza a pagar el seguro ambulatorio complementario?
El seguro ambulatorio complementario comienza en la fecha de inicio especificada en el contrato de seguro. Sin embargo, en el 80 % de los casos, determinadas prestaciones solo pueden utilizarse una vez transcurrido un periodo de carencia acordado. Los periodos de carencia son periodos que se aplican desde el inicio del seguro y durante los cuales no se pueden solicitar prestaciones del seguro complementario. Estos periodos sirven para limitar el riesgo financiero de la aseguradora y evitar abusos.
Normalmente, puede ser de entre 3 y 6 meses. En algunos casos, como para ayudas visuales o determinadas revisiones médicas preventivas, el periodo de espera puede ser más largo, por ejemplo 12 o incluso 24 meses.
No obstante, algunas aseguradoras suprimen o acortan los periodos de carencia si el asegurado puede demostrar que ya tenía un seguro de enfermedad continuado antes de suscribir el seguro ambulatorio complementario. En estos casos, se tienen en cuenta los periodos de seguro anteriores y los periodos de carencia se acortan en consecuencia o se suprimen por completo.
Una vez transcurridos los periodos de carencia, los asegurados pueden solicitar la totalidad de las prestaciones del seguro ambulatorio complementario. Se aplican las prestaciones acordadas contractualmente, los reembolsos de gastos y las posibles franquicias. Para solicitar las prestaciones, normalmente se requiere un justificante de los gastos efectuados y de las prescripciones médicas, que se presenta a la compañía de seguros para su reembolso.
Si tiene alguna pregunta sobre el tema "Seguro ambulatorio complementario", estamos a su disposición. Esperamos su llamada.